Primero le cuento una anécdota y
luego le entramos al tema.
Hace algunos años una televisora,
que se ostenta como muy mexicana, se agarró de pleito contra una compañía de
seguros de color naranja y entre sus reportajes entrevista a una señora que
decía – ¿cómo es posible que me tengan
que violar para que me paguen el robo de mi camioneta? Mira nomás de lo que se
agarran las compañías de seguros para no pagar. – cuando en realidad lo que
sucedió es que el ajustador le dijo que: como
no hubo violencia en el robo, éste no procede.
Violencia que la señora
interpreto por ser violada, si estudiamos un poquito de seguros, porque así lo
especifican las condiciones, se puntualiza que es requisito que exista
violencia en el robo, ya sea ésta física o moral.
Lo que realmente sucedió, quedó
en evidencia en otra versión de la entrevista a la misma señora donde ella
misma narra que estaba vendiendo su camioneta y el supuesto comprador le
solicitó las llaves para probarla y ¡ya no regresó!, así que la señora llamó a
la compañía reclamando el robo y el pago del mismo por el seguro.
Los seguros cubren riesgos no…
abusos de confianza, por decir lo que hizo la señora sin calificativos
peyorativos. Una amenaza verbal hubiera sido suficiente para que exista
violencia moral pero no sucedió así, sino que ella misma, de buena fe, le
entregó las llaves de la camioneta, se la prestó, dio su consentimiento y esto
no es robo, es abuso de confianza que no está cubierto por el seguro de
automóviles.
Ahora sí, vamos al tema. El
contrato de seguro es un contrato de buena fe y en el llenado de la solicitud
es donde el asegurado manifiesta su buena fe o la falta de ésta. Es por ello
que “antes” las solicitudes decían: Deberá ser llenado por el solicitante con
tinta negra y letra de molde.
Ahora es llenado por el agente de
seguros y tanto antes como ahora, firmado por el solicitante de que lo que
manifiesta es verdad. Aprendí de un buen agente a decir -ahora sin leer este aviso por favor pone su firma aquí- a lo que
obviamente el solicitante se pone a leer el aviso que procede a la firmas.
Psicología inversa, por favor firme sin leer.
Todos los contratos de seguros
son disputables con excepción del seguro de vida a partir del tercer año. Así
que el seguro de vida durante los primeros dos años es disputable,
entiéndase discutible, debatible por omisiones o inexactas declaraciones de los
hechos relevantes para la apreciación del riesgo.
Una vez transcurridos los
primeros dos años de vigencia ininterrumpida, porque en ese caso es borrón y
cuenta nueva para los dos años, el seguro de vida es “indisputable” ya no se
discute, ya no hay motivo para no pagar por omisiones o inexactas declaraciones,
supongo es por ello que se cubre incluso el suicidio.
Entonces en un seguro de gastos
médicos o en un seguro de vida durante los primeros dos años, el pago del
sinestro es disputable por omisiones o falsas declaraciones incluso cuando lo
que no se dijo, la omisión, o lo que se falseó, la inexacta declaración, no
tenga nada que ver con la causa del fallecimiento.
Es por ello que ante los ojos del
beneficiario éste podría expresar –pero
esa mentira no tiene nada que ver con la casusa del fallecimiento, él solo no
dijo que estuvo hospitalizado hace un año y se murió de otra causa totalmente
distinta, pero de ahí se agarran para no pagar– sin caer en cuenta que el
asegurado obró de mala fe al omitir el dato y esto faculta a la compañía a
considerar rescindido de pleno derecho el contrato, así lo establecen las
condiciones de la póliza.
Es la compañía de seguros la que
tiene que demostrar, probar, que no hubo buena fe por la omisión o inexacta
declaración, y de hacerlo así es motivo suficiente para no pagar.
Hace varios años recibí solicitud de asesoría de
una viuda en Tula Hidalgo donde de tres seguros de vida, de su difunto marido cada uno con una distinta
compañía, dos de ellas pagaron pero la tercera, con nombre regiomontano, se
negó a pagar por omisiones e inexactas declaraciones. -¿Cuáles son estas?- pregunté y la viuda no sabe, porque la compañía no le dice, solo dice que no
le paga porque hubo omisiones e inexactas declaraciones.
En estos casos, en que
la compañía se niega a demostrar, se acudió a la CNSF quién solicitó a la
compañía su comparecencia y ante la imposibilidad de demostrar la falsedad en
las declaraciones terminó pagando, varios meses después, pero terminó pagando, y
le condonamos el interés por pagar a destiempo, no el moratorio convencional
sino el interés más alto en que tiene invertidas sus reservas, leo dejamos así para no
complicar más la indemnización.
Hace también varios años se publicó acá
en Monterrey la nota de que dos compañías de seguros no pagaron el seguro de
vida de una mujer porque se presumía había fallecido por asesinato. Nota que me
llamó la atención ya que eso, asesinato, no es causal para no pagar, pero el reportero o
quien haya redactado la nota no sabe de qué habla. La mujer fue encontrada sin
vida en el baño de su casa y los ministeriales sospechan que la muerte sucedió
en otro lugar y luego el cuerpo fue movido, lo que da la pauta para presumir el
asesinato y no muerte accidental.
Uno o dos días después otra nota
especifica que las compañías de seguros no pagaron el seguro de vida porque la
mujer falseó declaraciones en el llenado de la solicitud del seguro de vida que
a la fecha del fallecimiento tenía un año y meses de haberse emitido.
Tres
mentiras, la primera en la dirección, que eso no es motivo para no pagar,
segundo que su padre había fallecido de muerte natural cuando falleció de
muerte accidental, que tampoco es motivo para no pagar y la tercera mentira que
el estado de salud de su madre es sano, cuando su madre en insulinodependiente
y es ella misma quien frecuentemente le aplica la inyección diaria.
Esta tercera mentira influye en
la apreciación del riesgo y esta omisión o inexacta declaración es lo que
distorsiona la realidad para el seleccionador de riesgos. Esta tercera mentira
pone de manifiesto que la asegurada al llenar la solicitud, no obró de buena fe, falseando así información importante para la apreciación del riesgo.
¿Qué hubiera sucedido si dice la
verdad? Tal vez nada y la póliza se hubiera emitido igual y se paga la muerte
por cualquier causa, excepto suicidio en los primeros dos años, y las dos
compañías no tendrían argumento para negar el pago, de que se murió, se murió,
accidente u homicidio, no importa y se paga.
Tal vez con base en la estatura y
peso y el agravante de una mamá diabética la compañía de seguros le hubiera
aplicado pruebas médicas para descartar que padece diabetes, y si se detectara
diabetes se emite la póliza con un cobro extra, por esa extra exposición a un
riesgo fuera de lo normal y se le cubre el riesgo de muerte con una extra-prima,
pero el si hubiera es sinónimo de… y no se pagó el seguro de vida por una
omisión o falsa declaración.
Otro caso antes de entrar en
conclusiones y recomendaciones. Este es reciente, de ayer. En la solicitud del
seguro de gastos médicos mayores la asegurada contestó negativo a la pregunta
de si en los últimos dos años se le han practicado pruebas de laboratorio. Al
reclamar los gastos de su enfermedad incluye entre otros, gastos de una factura
de pruebas de laboratorio con fecha de un mes antes del llenado de la
solicitud.
Obvio que al saber esto la
compañía de seguros rechaza el pago del siniestro, es evidente la omisión, ya
que deja de manifiesto que la enfermedad inició antes de que empezara la
cobertura de la póliza. (Definición de prexistencia.)
La plática subió de tono -Pero todavía no sabe de qué fueron estas
pruebas de laboratorio, ni por qué me las realicé, a lo mejor ni siquiera han
visto los resultados de las mismas y ya me está diciendo que no me van a pagar,
no es justo que de eso se agarren para no pagar- era evidente la
frustración al saberse desprotegida ante la diabetes. Otra vez caemos en el
mundo del ¿qué habría pasado si hubiera…?
Así como no te conviene enojarte
ni con tu contador ni con tu mesero, tampoco te conviene decir mentiras al llenar
una solicitud de seguro y tomarte el tiempo para verificar que lo que tú dijiste, quedó asentado en la
solicitud.
Este punto es muy importante,
porque existen agentes de seguros que son ellos los que omiten o falsean
declaraciones para que selección de riesgos no intervenga con requisitos
adicionales. -Mejor no lo ponemos que no
pasa nada- y luego sucede que sí pasa y por unos cuantos la llevamos todos. -Es poquito, no es para tanto, mide cinco
centímetros de más y pesa cinco kilos de menos- lo cual altera por completo
la apreciación del riesgo y habrá una viuda con hijos huérfanos de padre viviendo
en el desamparo, sin poder cobrar los años de ingreso que el marido en vida
quería dejarles por si se moría antes de tiempo para que la familia siguiera
unida, y ahora gracias a este agente “light” los hijos crecen sin la mirada
protectora de la madre, porque la madre tiene que hacer las veces de padre, así
que sus hijos no tiene madre.
El que no tiene… vergüenza, ética,
ni dignidad es el agente que, con premeditación, alevosía y ventaja acostumbra,
porque se hace hábito, mentir, cambiar, distorsionar, tergiversar la
información que recibe del solicitante, para hacer más "light" el trámite, para simplificar el proceso, para
hacerse la vida más fácil.
La señora asegurada de la póliza
de gastos médicos en un momento dijo –pero
quién lee todo eso, no hay tiempo- y mi respuesta fue “TODOS”. Todos leemos
antes de firmar, aunque le pongan caras, jetas, muecas.
Es mejor ser
desconfiado al recibir la cuenta en el restaurante y preguntar por ese platillo
o copas extra que no llegaron a la mesa, es mejor ser desconfiado al
registrarse en el hotel y verificar las fechas de entrada y salida, para no
enterarse un día antes de lo proyectado, que debes desocupar la habitación por un error de
captura y la habitación ya está asignada.
Si se tramita con solicitud en
papel, la recomendación es que la llene el mismo asegurado, en tinta negra, con
letra de molde, con su puño y letra, y con la guía del agente. Si tiene la
fortuna, como nosotros, que la solicitud es electrónica, al momento de entregar
la póliza que primero se lea, verifique y firme la versión impresa de la
solicitud electrónica y luego se procede a la entrega de la póliza.
Si al momento de revisar la
versión impresa de la solicitud electrónica, es necesario hacer alguna
aclaración, ese es precisamente el momento de hacerlo, porque luego la viuda no
podrá alegar –no se vale que de eso se
agarren para no pagar-.
Me desido parafraseando a Facundo Cabral. Si estos malos agentes
supieran que es mejor negocio y se gana más dinero siendo agente ético, se harían
buenos agentes aunque sea por dinero.
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